Procesos Constituyentes en nuestra América

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En las últimas décadas los pueblos de nuestra América han utilizado distintas vías para hacer los cambios necesarios y dejar de ser un continente con grandes desigualdades. Una de las vías planteadas para realizar los cambios al sistema dominante son las constituyentes; ello entendiendo a las Asambleas Constituyentes como alternativa, que no solo se limitan a hacer un texto constitucional, sino que tienen como objetivo transformar a los Estados, ya que dichas Asambleas pueden ser el camino de ruptura irreverente y legal de la estructura burocrática para las evoluciones necesarias en la obtención de la mayor suma de felicidad posible.

Cuando nos referimos a nuestra América, América Latina, la Patria Grande o Abya Yala es para diferenciar la América latina y caribeña situados al sur del río Bravo de un país de Norteamérica que se abroga el nombre de todo el conteniente. Al analizar el constitucionalismo en la Patria Grande no podemos dejar de mencionar el Constitucionalismo Bolivariano y el concepto acuñado por el politólogo alemán Dolf Sternberger, en 1979, de patriotismo constitucional, que se refiere directamente a la tradición política del republicanismo y, como este, requiere de una concepción participativa de la ciudadanía convencida de la promoción del bien común.

Si bien es cierto las realidades de los países de la Abya Yala integrantes de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac), son muy distintos y no son copiables; pero no es menos cierto que desde nuestras independencias nos fue impuesto el mismo modelo de Estado liberal que tiene como premisa la preservación de los derechos de un pequeño grupo por encima de los derechos colectivos de las grandes mayorías, por ello lo parecido de los resultados de desigualdad social en casi todos nuestros países, con una o dos excepciones de países que lucharon por su autodeterminación.

Hasta hace dos décadas, los países de América Latina transitaron sin objetivos sociales integradores y evolutivos de los DDHH. En el último año del siglo XX, específicamente 1999, la situación cambió con el inicio del proceso constituyente en Venezuela, ello con la energía popular o caudal acumulado desde 1989, lo que significó, en palabras de Salvador Allende, “Abrir las grandes Alamedas por donde pase el hombre libre para construir una sociedad mejor” y “La rebelión de las masas” de Ortega y Gasset. Esta rebelión de la masa constituyente de 1999, en la patria del libertador de América, también significó el inicio de un “proceso constituyente” y no sólo un hecho puntual de redacción de un texto por una Asamblea Constituyente.

El proceso de 1999 en Venezuela abrió la puerta a la participación ciudadana a través de consultas populares y la idea de Constitucionalismo Bolivariano que, entre otros aspectos, tiene como elementos constitutivos el valor superior de la autodeterminación soberana, la búsqueda de la mayor suma de felicidad y superar el clásico trípode de división de poderes (ejecutivo, judicial y legislativo) de Montesquieu, y adicionar el Poder Moral; el cual fue ideado por Simón Bolívar y propuesto en el Congreso de Angostura de 1819.

En el caso de Bolivia con la llegada del primer Presiente indígena, Evo Morales, y gracias al despertar de la  ciudadanía,  se evidenció  la necesidad de la inclusión de todos los sectores, por lo que se impulsó los trámites para un proceso constituyente trasformador del país. Es así como en marzo de 2006, con muchas trabas y resistencia el parlamento de Bolivia aprobó la Ley Especial de Convocatoria a la Asamblea Constituyente. El 2 de julio de 2006 la población boliviana finalmente eligió a los constituyentes quienes empezaron su actividad el 6 de agosto de 2006 en Sucre, y el referéndum constitucional se realizó el 25 de enero de 2009 para ratificar la nueva Constitución con amplia mayoría de los votos y el establecimiento del Estado Plurinacional de Bolivia.

Igualmente, la ebullición popular y política vivida en Ecuador dieron como resultado la renuncia de varios presidentes y el despertar de la idea del poder constituyente. En 2006 el candidato Rafael Correa, durante la campaña para las elecciones presidenciales, propuso llamar a una consulta popular para ese proceso trasformador, el 15 de abril de 2007 realizó dicha consulta logrando la victoria de convocatoria a una Asamblea Constituyente. El 30 de septiembre se desarrolló la elección de los 130 asambleístas y el 28 de septiembre de 2008 la nueva Constitución fue aprobada con el 63,93% de los votos.

El nacimiento de un nuevo constitucionalismo en nuestra América plantea necesariamente la sustitución de un constitucionalismo tradicional y el cambio del modelo del Estado liberal a un Estado en Social de Derecho y de Justicia que garantice los derechos colectivos, teniendo como prioridad la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.

Como se observa, los casos anteriores en estos países no fueron hechos puntuales dominados por  el  Estado imperante,  sino que se trató de procesos constituyentes que pasaron por etapas y realidades sociales como: 1) El despertar ciudadana o ebullición popular del poder constituyente; 2) Expansión de la idea trasformadora constituyente; 3) Convocatoria y desarrollo de unas elecciones constituyentes; 4) Etapa asambleísta (deliberando y elaborando el nuevo proyecto de Constitución); 5) Convocatoria y desarrollo de un referéndum de aprobación o rechazo de la nueva Constitución; 6) Convocatoria de elecciones generales para relegitimar todos los poderes y ejecutar las trasformaciones emanadas de los actos constituyentes (la fase más larga y compleja).

En los actuales momentos se vive una nueva situación social en nuestra América, específicamente en Chile. Situación iniciada con el descontento ciudadano del pueblo chileno, originado no por el aumento de un pasaje o de un servicio, sino por la insatisfacción y rechazo del modelo de Estado neoliberal impuesto y reforzado por uno de los dictadores más sanguinarios, como lo fue Augusto Pinochet. En este caso el Estado imperante y los poderes constituidos trataron y tratan de que no sea un proceso constituyente, sino limitarlo a una simple convención de redacción. Por ello buscan restringir los poderes de los constituyentes para que no revisen los convenios internacionales suscrito por ese país con trasnacionales, o que los constituyentes no puedan tener poderes originarios por encima de los poderes ya constituidos.

Hasta el día de hoy observamos la situación en Chile con gran expectativa, sobre todo con la escogencia de Dra. Elisa Loncon como presidente de la instancia constituyente, por representar la diversidad y la inclusión de una mujer Mapuche. Pero aún falta mucho para saber si los constituyentes y sus diferentes comisiones se dejarán limitar a un hecho puntual o si será un verdadero proceso trasformador. Esperemos que los constituyentes puedan asumir que “La Fuerza transformadora está en la masa consciente en Movimiento Acelerado”.

A la hora de analizar los procesos constituyentes, es importante entender que son procesos de origen social que se le dan un cause jurídico y político. En ello existe la misma relación presente entre la sociedad y el Derecho, los cuales son plenamente interdependientes, hasta el punto de que no puede haber sociedad sin Derecho (ubi societas, ibi ius, donde hay sociedad hay Derecho) y no puede existir derecho sin sociedad. Así como no se puede limitar la corriente de agua de un río y solo puede encausarse con algún mecanismo, los procesos constituyentes no pueden limitar la fuerza popular o de la masa, solo se pueden orientar o encausar.

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Yonder Canchica Abogado experto en Derecho Internacional

Las opiniones expresadas en esta sección son de exclusiva responsabilidad del autor/a

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